Close

Covid19-gobierno-españa


Atrás

 

El BOE publica la orden que permite reuniones de hasta 10 personas en la fase 1 de la desescalada

03/05/20 También se permite compartir vehículo privado entre convivientes, y en no convivientes se limita a conductor y un ocupante atrás

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden ministerial por la que permitirá reuniones de hasta un máximo de 10 personas en domicilios y al aire libre a partir de la fase 1 de la desescalada. Según este nueva orden, que entra en vigor este lunes 4 de mayo, este límite no se aplicará a personas convivientes y quedan excluidos de esas reuniones los «colectivos especialmente vulnerables a la enfermedad».

En todo caso, durante estos encuentros deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, como guardar una distancia mínima de seguridad de dos metros o establecer medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. Asimismo, la orden autoriza a aquellas personas que residan en un mismo domicilio a poder compartir un mismo vehículo privado, siendo la única limitación el número de plazas autorizadas para el mismo.

No obstante, para personas no convivientes, se permitirá el uso compartido de vehículos privados limitando esta medida a un conductor y a un ocupante, que deberá ir en la parte trasera del vehículo. Estas dos medidas se permitirán durante la fase 1 con una evolución de la epidemia muy favorable que permita este tipo de encuentros.

La fase 1 de la desescalada entrará en vigor el próximo 11 de mayo en todas las provincias que cumplan los requisitos del panel integral de indicadores diseñado por el Ejecutivo. No obstante, está previsto que la fase 1 arranque este lunes 4 de mayo en las islas canarias de la Gomera, El Hierro, La Graciosa y en la isla balear de Formentera.

 

BOE-A-2020-restricciones sociales