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Talonario de estupefacientes

El Colegio gestiona la entrega y recogida de los Talonarios de Recetas Oficiales de Estupefacientes emitidos por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Política Social.

 

Condiciones de uso del talonario de estupefacientes
  • La prescripción formulada en una receta podrá amparar como máximo la medicación para 30 días de tratamiento y sin superar un total de 4 envases.
  • El facultativo médico consignará el número de unidades por toma y el período entre cada toma. De acuerdo con ello anotará el número total de envases que se prescriben.
  • El talonario de Recetas Oficiales de Estupefacientes es único por facultativo médico e intransferible.
  • El facultativo médico debe rellenar todos sus datos: nombre completo, número de colegiación, número de teléfono particular o del centro de trabajo; así como la fecha y firma.
  • El facultativo entregará la receta y la copia al paciente para su conocimiento teniendo la obligación de rellenar la hoja de control de prescripciones establecida a tal efecto, la cual habrá de entregar, para la recogida de otro talonario.
  • La pérdida, extravío o robo de talonarios de recetas de estupefacientes debe ser comunicada urgentemente a la Sección de Ordenación Farmacéutica, nº de fax 942 208239, indicando nº de talonario, nº de recetas, nombre y nº de colegiado del médico y lugar de trabajo.