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Primer acuerdo regulador de las condiciones laborales del MIR en España

02/07/20 Traspone los principales puntos del borrador del convenio MIR

La sanidad murciana trabaja para alcanzar el primer acuerdo de las condiciones laborales de los MIR en España. Se trata de un marco normativo que persigue la equiparación con el resto de comunidades autónomas en diversos ámbitos, como la jornada laboral y las retribuciones, y que según ha podido saber Redacción Médica cuenta con el visto bueno del Servicio Murciano de Salud (SMS).

En un primer momento, los esfuerzos estaban orientados al diseño de un convenio colectivo (específico para los MIR). No obstante, tal y como ha podido conocer este periódico, finalmente se ha optado por la vía del «acuerdo de mínimos» para canalizar las demandas de este colectivo y que, precisamente, recogerá y sintetizará los elementos más sustanciales del citado convenio, cuyo contenido fue adelantado por Redacción Médica.

Desde que en el año 2008 se firmase el último acuerdo para regular las condiciones laborales y retributivas de todo el personal del SMS, estos aspectos, en el ámbito de los MIR, no se han vuelto a renovar desde entonces. Con este nuevo acuerdo, y tras 12 años sin cambios, se trasladan las últimas peticiones de los residentes al marco normativo laboral de la sanidad murciana.

Regulación de la jornada laboral

El primer aspecto que incorpora este nuevo acuerdo para los MIR es la regulación de la jornada laboral. En concreto, se solicita que los residentes puedan demostrar, según marca la ley, las horas de trabajo reales. Además, en el contaje horario se añadirá los descansos complementarios correspondientes a las jornadas complementarias realizadas.

Asimismo, se establece un descanso continuo de 12 horas entre jornada y jornada, un descanso mínimo de 36 horas semanales por un promedio de 14 días trabajados y la posibilidad de dedicar 7 horas semanales a actividades lectivas. Para quienes estudien un Máster Oficial o se encuentren doctorando contarán con una detracción horaria anual de 150 y 200 horas, respectivamente. Los jefes de servicio hospitalario, además, deberán autorizar la asistencia a cursos y congresos en un mínimo de horas relativas al 30 por ciento para el computo anual.

Eliminación de las camas calientes

Respecto a las condiciones laborales, se recoge la eliminación de las denominadas como “camas calientes”, las cuales son ocupadas por 2 o hasta 3 residentes durante las jornadas complementarias, que muchas veces se extienden hasta las 24 horas. Por eso, se entiende necesario habilitar espacios adecuados con literas en los servicios hospitalarios, incluidas las Urgencias; los Servicios de Urgencias de Atención Primaria y en las unidades médicas de estancias, informa Jesús Mediavilla de Redacción Médica.