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“El certificado de defunción electrónico estará operativo en meses”

La Fundación del COM Cantabria ofreció el jueves una webinar sobre estos certificados con las expertas María Álvarez y Pilar Guillén.  La Jornada se puede ver en  el canal de Youtube del Colegio de Médicos

“Un proyecto piloto que se está probando en Ciudad Real dará paso a la realidad del certificado de defunción electrónico en unos meses”, este fue uno de los datos que se expusieron ayer en la webinar sobre el Certificado Médico de Defunción organizada por la Fundación del Colegio de Médicos de Cantabria, un asunto relevante para los médicos porque son los profesionales que tienen que firmar los certificados de defunción para dar fe del fallecimiento de una persona en el caso de muerte natural.

La abogada del COM Cantabria, María Álvarez Lainz, y la directora del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cantabria, Pilar Guillén, protagonizaron el encuentro digital para explicar las novedades de este certificado e incidir sobre la importancia del acto de certificar, y de conocer cuándo y por qué se debe firmar, y en qué casos no se debe hacer por existir signos de violencia o fundadas sospechas de criminalidad, en los que deben intervenir las Fuerzas de Seguridad del Estado o el Juzgado de Guardia.

María Álvarez especificó que cuando el médico no tiene claro las causas de la muerte natural ha de pedir una autopsia a los servicios forenses, que deben autorizar los familiares del fallecido, y cuando no se conoce la identidad del fallecido, hay que acudir las Fuerzas de Seguridad y, en el caso de que tampoco lo sepan, avisar al Juzgado de Guardia.

Por otra parte, si el médico se niega a firmar el certificado porque no conoce la identidad del fallecido o ve signos de muerte no natural, la cuestión pasaría a analizarse en el Colegio Profesional y en los Servicios de Salud. Y con respecto a la pandemia de Covid-19, también hay novedades que pasan por la declaración de la OMC de octubre 2020 que dice que “los fallecidos por Covid deben incluirse en el grupo 3 de cadáveres con enfermedades infecciosas con riesgo de contagio”.

Por su parte, Pilar Guillén dejó claro que “la emisión del certificado de defunción es una obligación de los facultativos y un derecho del paciente” y que debe firmarse si no hay sospecha de criminalidad, en estos casos el médico tiene que reconocer el cadáver y firmar el certificado de defunción.

Sin embargo, si hay signos de violencia, el médico no debe firmar el certificado sino acudir al Juzgado de Guardia para que se realice una autopsia.  En este sentido, Guillén explicó que las muertes violentas son las causadas por suicidios, homicidios o accidentes que también incluyen, por ejemplo, las reacciones adversas a las drogas, casos en los que los médicos no deben firmar el certificado de defunción porque requieren de la intervención judicial.  También se detuvo en explicar porqué no se certifican algunas muertes naturales con ejemplos reales en los que no hay ningún signo de violencia,  así como el porqué hay médicos que sí certifican muertes con signos de violencia, situaciones que cree que se producen por el desconocimiento de la normativa vigente por parte de algunos facultativos.

Asimismo, explicó que muchas veces los argumentos para no firmar los casos de muertes naturales son la falta de relación profesional previa con el fallecido o por un miedo infundado a cometer un error, lo que da lugar a que estas muertes se conviertan en judiciales, añadiendo un dolor innecesario a la familia, por lo que la médico forense insistió en que existe una obligación legal de certificar y un deber ético como médicos para hacerlo.

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