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El uso de glucocorticoides estará prohibido a partir de enero de 2022

A partir del 1 de enero del año 2022, el uso de glucocorticoides, en competición, (Grupo S9. de la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte) estará prohibido cuando sean administrados por vía oral, vía rectal, o por cualquier vía inyectable

Este cambio supone que se considerarán PROHIBIDAS todas las vías inyectables de administración, estas vías incluyen: intravenosa, intramuscular, periarticular, intraauricular, peritendinosa, intratendinosa, epidural, intratecal, intrabursal, intralesional (p.e. intraqueloidea), intradérmica y subcutánea.

Otras vías de administración (incluyendo la tópica: inhalada, intranasal, oftalmológica, perianal y dérmica), no están prohibidas cuando se usan según las dosis e indicaciones terapéuticas indicadas por el fabricante

La administración de glucocorticoides en condiciones de “fuera de competición” por las vías inyectables, según el glucocorticoide administrado y dosis, pueden dar lugar a concentraciones urinarias del mismo y/o sus metabolitos que provocaran un resultado analítico adverso en un control de dopaje, por ello su administración fuera de la competición tiene que tener en cuenta los diferentes periodos de lavado post administración.

Para reducir este riesgo, acorde a la información facilitada por AMA se deben considerar los periodos mínimos de lavado comenzando en el momento de la administración y terminando con el inicio del periodo llamado “en competición” (comienza a las 23:59 horas del día anterior a una competición en la que un deportista tiene programada su participación, salvo que la AMA establezca un periodo diferente para un deporte en concreto.

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